Comisión de Innovación | UITRI
Comisión de innovación
La Comisión de Innovación del IdISBa (CI) es el órgano consultivo del Instituto IdISBa en el desarrollo de sus funciones en materia de innovación.
Sus funciones son:
1. Proponer a los Órganos de Gobierno del IdISBa
- Acuerdos de transferencia de tecnología relativos a contratos de licencia y de explotación de derechos de propiedad intelectual/industrial de IdISBa.
- Creación de spin-off.
- Protección de resultados de investigación.
- Priorización de proyectos a presentar a convocatorias de innovación.
2. Asesorar al IdISBA en
- Definición y desarrollo del Plan de innovación, líneas estratégicas y acciones de innovación del Instituto.
- Composición y priorización de las ideas y proyectos de la Cartera de Innovación.
- En otros temas relacionados con la innovación y la transferencia tecnológica.
3. Hacer seguimiento de los proyectos de Innovación que se desarrollan en el IdISBa y de sus resultados.
La composición de la Comisión de Innovación es la siguiente:
El Director científico de IdISBa, que actuará como Presidente.
La directora general de Investigación en Salud, Formación y Acreditación.
El Director gerente de IdISBa.
Persona designada por la Gerencia de HUSE como representante de la Comisión.
Persona designada por la Gerencia de HUSLL como representante de la Comisión.
Persona designada por la UIB como representante de la Comisión.
Persona designada por la Gerencia de Atención Primaria como representante de la Comisión.
Persona designada por la Fundació Banc de Sang i Teixits como representante de la Comisión.
Persona designada por el IB-Salut como representante de la Comisión.
Director/a Medico Asistencial del IB-Salut.
Presidente del Clúster biotecnològic i biomèdic de les Illes Balears BIOB), con voz pero sin voto.
Representante de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia (Fundació Bit), con voz pero sin voto.
El responsable de la UITRI-IdISBa, que actuará como secretario.
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El director científico también podrá invitar a las reuniones a las personas que considere conveniente, con voz pero sin voto, cuando así lo considere oportuno.
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La CI se tiene que reunir, como mínimo, cada tres meses y en sesión extraordinaria siempre que la solicite el presidente/a de la CI. Si existe una urgencia, no transcurrirá un plazo superior a quince días desde la solicitud hasta la celebración de la sesión.
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Se realizarán tanto de manera presencial como telemática.